- DarkLight
E159 - Compensar cuotas de IVA de periodos anteriores en el 303 en Estimación
- DarkLight
¿Se pueden compensar las cuotas de IVA de periodos anteriores en el modelo 303 en Estimación?
Sí, en la autoliquidación del modelo 303 puedes aplicar de forma manual las cuotas a compensar de periodos anteriores dependiendo del resultado de la liquidación. Para el tratamiento de las cuotas a compensar, existen las siguientes casillas:
- (110) Cuotas a compensar pendientes de períodos anteriores: para consignar el importe de las cuotas a compensar pendientes que procedan de períodos anteriores.
- (78) Cuotas a compensar de períodos anteriores aplicadas en este periodo: para consignar el importe de las cuotas a compensar pendientes procedentes de períodos anteriores que se apliquen en el periodo objeto de la autoliquidación.
- (87) Cuotas a compensar de periodos previos pendientes para periodos posteriores: El importe de esta casilla debe ser igual a la diferencia entre el importe consignado en la casilla (110) y el consignado en la casilla (78).
Para realizar este proceso, accede a la solapa Impresión > grupo I.V.A. > desplegable del icono Autoliquidaciones > opción 303 – Autoliquidación trimestral.
En la ventana Modelo 303 pulsa el icono Importar Datos, que se encuentra en el grupo Datos.
Al calcular el modelo 303, la aplicación verifica el contenido de las cuotas pendientes de compensar del periodo anterior (casilla 87 y casilla 72 de la anterior autoliquidación grabada en la aplicación), y traslada su importe a la casilla 110 del modelo actual.
Cumplimentación de la casilla 78: A continuación, puedes indicar de forma manual las cuotas a compensar que procedan, dependiendo del resultado de la autoliquidación. De esta forma, si el resultado de la liquidación es a ingresar solo puedes compensar hasta el máximo del importe a ingresar en la liquidación. Sin embargo, si la liquidación tiene un resultado a compensar, en esta casilla no puedes compensar ninguna cuota quedando con importe cero.
A modo de ejemplo, vamos a calcular la autoliquidación del modelo 303 correspondiente al segundo trimestre (2T). El importe de las casillas 87 y 72 del anterior periodo son 599,51 € y 210 € respectivamente. Para continuar el proceso selecciona el periodo de liquidación y pulsa el botón Aceptar.
A continuación, se muestra el siguiente aviso:
En la casilla 110, página 3 del modelo, aparece el importe de 809,51 € que corresponde a la suma de las cuotas pendientes de compensar de periodos anteriores.
En nuestro ejemplo, la cuota de IVA a pagar en el segundo trimestre es de 165 €. Por lo tanto, aplicamos en este periodo tan solo 165 €, indicando este importe de forma manual en la casilla 78. Finalmente queda pendiente de compensar para periodos posteriores la diferencia, casilla 87 del modelo. De esta forma, el resultado de la autoliquidación es de cero euros.
Recuerda que, para que el proceso se realice y así cumplimente las casillas indicadas, las declaraciones deben estar grabadas. Para ello pulsa el icono Grabar declaración que encontrarás en el grupo Datos.