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C2245 - ¿Cómo contabilizo una adquisición intracomunitaria de un bien de inversión?
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¿Cómo contabilizo una adquisición intracomunitaria de un bien de inversión?
La contabilización de una factura de adquisición intracomunitaria de bienes, se realiza como cualquier adquisición intracomunitaria de bienes en la aplicación, sólo hay que tener en cuenta que en el registro de IVA soportado debes marcar la casilla de verificación Bien de Inversión y la aplicación activará los procesos necesarios para contabilizar este tipo de factura.
Para realizar este proceso debes seguir los siguientes pasos:
Accede a la introducción de asientos, pulsando en la solapa Diario > grupo Diario > icono Introducción de asientos.
Introduce como primer apunte, la cuenta contable del proveedor y en la columna HABER el total de la factura.
En la ventana Nuevo registro de I.V.A. Soportado, se muestra los datos del proveedor, así como los datos de la factura.
En esta ventana, debes definir en el desplegable del campo Clave operación, la opción P – Adquisiciones intracomunitarias de bienes, en el desplegable del campo Tipo de Operación elige la opción Intracomunitario, así como marcar la casilla de verificación Bien de inversión.
Observa, que al indicar que la clave de operación es la P – Adquisiciones intracomunitarias de bienes y el tipo de operación es intracomunitario, se activa el botón + Sumar los impuestos al total de la factura:
Pulsa en el botón + Sumar los impuestos al total de la factura, para que se calcule el I.V.A. correspondiente y pulsa en el botón Aceptar.
En pantalla muestra la ventana Asiento automático de IVA/IGIC indica la cuenta de inmovilizado en el campo de Cuenta de compras 1
A continuación, pulsa en el botón Aceptar para que la aplicación realice el asiento de forma automática.
Se muestra la ventana Creación de inmovilizado, cumplimenta los campos de la ficha del inmovilizado.
Para finalizar graba el asiento y como resultado tendrás:
- El asiento con la auto- repercusión en la cuenta contable para el I.V.A Soportado e I.V.A Repercutido.
- La anotación en el libro Registro de facturas recibidas con su clave correspondiente, tipo de operación y su I.V.A. deducible.
- No se realizará ninguna anotación en el libro Registro de facturas expedidas, según normativa.
Esta circunstancia no producirá un descuadre en los registros de IVA que serán reflejados en la ventana de Consulta de descuadres de I.V.A – Extracto, con una columna llamada Oper. Ext. cuando se seleccione la casilla de verificación Ver descuadres concordantes con operaciones interiores o ISP o con operaciones no deducibles.