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C219 - Contabilizar facturas de adquisición intracomunitaria de bienes
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¿Cómo contabilizar una factura de adquisición intracomunitaria de bienes?
La contabilización de una factura de adquisición intracomunitaria de bienes, se introduce como cualquier factura, sólo hay que tener en cuenta que en el registro de IVA soportado debes elegir en el desplegable del campo Clave de operación, la opción P – Adquisiciones intracomunitarias de bienes y en el desplegable del campo Tipo de Operación la opción Intracomunitario.
Para realizar este proceso sitúate en la pantalla de introducción de asientos, pulsando en la solapa Diario > grupo Diario > icono Introducción de asientos.
Introduce como primer apunte, la cuenta contable del proveedor y en la columna Haber el total de la factura.
En pantalla, se abre la ventana Nuevo registro de I.V.A. Soportado, en ella aparecen todos los datos del proveedor, así como los datos de la factura.
En esta ventana selecciona en el desplegable del campo Clave operación la opción P – Adquisiciones intracomunitarias de bienes, y en el desplegable del campo Tipo de Operación la opción Intracomunitario, tal y como se muestra a continuación.
Al seleccionar la clave de operación P - Adquisiciones intracomunitarias de bienes y el tipo de operación Intracomunitario, se activa el botón + Sumar los impuestos al total de la factura. Púlsalo una vez para autorrepercutir el I.V.A.
A continuación, pulsa el botón Aceptar, para que se realice el asiento automático. Al guardar el asiento el resultado obtenido es:
- El asiento con la auto- repercusión en la cuenta contable para el I.V.A Soportado e I.V.A Repercutido.
- La anotación en el libro Registro de facturas recibidas con su clave correspondiente, tipo de operación y su I.V.A. deducible.
- No se realizará ninguna anotación en el libro Registro de facturas expedidas, según normativa.
Esta circunstancia no produce un descuadre en los registros de IVA que serán reflejados en la ventana de Consulta de descuadres de I.V.A – Extracto, con una columna llamada Oper. Ext. cuando se activan las casillas de verificación Ver descuadres concordantes con operaciones interiores de ISP o adquisiciones intracomunitarias de bienes y servicios o Ver descuadres concordantes con operaciones no deducibles.